Cada vez hay mas parejas que deciden no contraer matrimonio, ni religioso ni civil, y cada vez hay mas parejas que deciden separarse, sean parejas casadas o de hecho (parejas no casadas que conviven con voluntad de permanencia y estabilidad).
Si tienes una pareja de hecho, esté o no inscrita en el registro correspondiente y aunque tu voluntad haya sido mantenerte al margen de las normas del matrimonio, debes saber que en caso de ruptura puedes tener tantos problemas legales como si te hubieras casado, por ejemplo, custodia y pensiones de hijos, reparto de bienes, indemnizaciones a tu ex pareja, etc…
También debes saber que tienes a tu disposición una herramienta muy útil para regular tanto las consecuencias en caso de ruptura como las cuestiones esenciales u ordinarias de la propia convivencia. Se trata del llamado “Acuerdo de Convivencia” que puedes firmar antes de comenzar la relación o durante el transcurso de la misma. Lo ideal es que lo tengas hecho antes de que se produzca la posible ruptura.
En Dúo asesoramos y ayudamos a la pareja a alcanzar este tipo de acuerdo, sin que ello suponga un drama o enturbie la relación, todo lo contrario, suponga un fortalecimiento de la misma basado en los buenos cimientos, la buena comunicación, la claridad, la honestidad y conciliación de intereses.